Gestionar correctamente la fiscalidad de una empresa es tan importante como su propia actividad. Dentro de todas las obligaciones tributarias, el Impuesto sobre Sociedades ocupa un lugar central, ya que afecta directamente a los beneficios que obtiene una entidad. ¿Su gestión le sigue generando dudas? Eso se puede resolver si recurre a especialistas en la materia: en Lago García podemos ser la asesoría integral de Vigo que le ayude con todo lo relacionado con este y todos los impuestos que afectan a su empresa. ¡Siga leyendo para obtener más detalles!
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
Se trata de un tributo directo que grava la renta obtenida por las sociedades y otras entidades jurídicas con residencia fiscal en España. A diferencia del IRPF, que se aplica a las personas físicas, este impuesto afecta a las empresas, calculándose sobre sus beneficios.
¿Quién está obligado a presentarlo?
La obligación de declarar alcanza a la mayoría de entidades con personalidad jurídica, como sociedades mercantiles (anónimas o limitadas), cooperativas, asociaciones o fundaciones. Incluso las sociedades civiles con objeto mercantil están sujetas al impuesto. Hay pocas excepciones, como algunos organismos públicos o fondos de pensiones. Y un detalle importante: la declaración es obligatoria aunque no se haya tenido actividad ni beneficios durante el ejercicio.
Tipos de gravamen en España
El tipo general es del 25%, pero existen determinadas particularidades:
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Las empresas de reducida dimensión con una facturación inferior a 1 millón de euros tributan al 23%.
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Las sociedades de nueva creación disfrutan de un tipo del 15% en el primer ejercicio con base imponible positiva y el siguiente.
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También hay regímenes especiales para entidades como cooperativas fiscalmente protegidas, organizaciones sin ánimo de lucro o aquellas acogidas a la Zona Especial Canaria.
Cómo se calcula la base imponible del Impuesto sobre Sociedades
El punto de partida es el resultado contable de la empresa, es decir, el beneficio o pérdida reflejado en las cuentas anuales. A este resultado se le aplican ajustes fiscales para obtener la base imponible final. Si existen pérdidas de ejercicios anteriores, estas pueden compensarse sin límite temporal, aunque sí con ciertos límites porcentuales en función de la facturación de la entidad.
Plazos y obligaciones formales
La declaración se presenta mediante el modelo 200. El plazo general es de 25 días naturales tras los seis meses siguientes al cierre del período impositivo. Para las empresas cuyo ejercicio coincide con el año natural, la fecha límite suele ser el 25 de julio.
Resuelva cualquier duda con nuestros asesores fiscales de Vigo
El Impuesto sobre Sociedades puede parecer sencillo en su planteamiento, pero su gestión implica normativas cambiantes, posibles deducciones y regímenes especiales que conviene aprovechar. ¿Sigue teniendo dudas al respecto? Entonces contacte con el equipo de Lago García en Vigo.